Todos los pagos que se hacen a IPOSTAR por la participación en la Comunidad serán reembolsables al finalizar los contratos. Este hecho se produce porque cada uno de los pagos que se hacen, estan sujetos a la suscrición de Obligaciones societarias de la citada sociedad y en ello las condiciones de devolución estan sujetas a las condiciones de los contratos y la suscripción de las mismas.
Además del retorno de los fondos, anualmente en función de la rentabilidad de las instalaciones y del buen funcionamiento, se repartirán dividendos por los beneficios que genere la Comunidad
Serán reembolsables:
- Los importes de los Derechos de participación que se establezca en cada categoría.
- El importe de la maquinaria completa propiedad de IPOSTAR en cada instalación, quedando exentos los pagos por obra civil, instalaciones anexas y cualquier otro gasto no incluido en los contratos específicos de instalaciones.
La filosofía de nuestro negocio residen en la participación de todos en los objetivos comunes de acceso a la energía sin coste y sin importar los efectos variables del mercado.
La adquisición de los Derechos será previo a las instalaciones o a la conexión a la comercializadora de referencia a la que haya que derivar la entrega de energía para evitar problemas posteriores.
En ningún caso se procederá a firmar los contratos definitivos hasta que la disponibilidad de energía sea garantizada en cada cliente